PLEITO VILLA DE LOBERA-JESUITAS (V)
I N V E N T A R I O
SEGUIMOS EN LA FASE DE PROBANZA, MAYO 1720:
Hasta ahora se han llevado a cabo las siguientes comprobaciones:
- Demostrar que el Concejo General de la villa de Lobera, desde tiempo inmemorial, siempre se ha convocado y juntado en las llamadas Casas de la Villa, y no en la Partida de la Onsella, como se afirma en la “procura” de 1654, por la que se otorgó “poder” a Martín de Murillo y otros procuradores. Para efectuar esta probanza, el Alcalde, Regidores y Ayuntamiento de Lobera han confeccionado un Interrogatorio de tres preguntas, que han sido respondidas por los tres testigos presentados por dicha villa.
- A continuación, y a petición del Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca, la Real Audiencia ha ordenado al escribano Juan Joseph Araguás trasladarse a la villa de Lobera para obligar al Ayuntamiento a la presentación de una persona “instruida” para testificar que dicha villa pagó la citada pensión de 163 sueldos y 4 dineros desde su otorgamiento en 1655 hasta el año 1702, y demostrar con ello la legitimidad de dicho censo.
EJECUCIÓN DE INVENTARIO EN EL AYUNTAMIENTO DE LOBERA:
Visto que el Ayuntamiento de Lobera se ha escabullido de la encerrona preparada por el Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca, al responder Miguel Learte al juramento con divagaciones, ambigüedades e imprecisiones desconcertantes, Francisco Antonio Ondeano va más allá y solicita a la Real Audiencia se sirva mandar a la villa de Lobera que presente el INVENTARIO de pagos efectuados por su Ayuntamiento.
Los señores Oidores de la Real Audiencia se aprestan, una vez más, a conceder la autorización solicitada por el Colegio de la Compañía de Jesús, pero con la advertencia de que “no se ejecute este despacho sin que por su Ilustrísima, el Señor Regente, se nombre ministros para ello”.
Seguidamente se ordena que se encomiende “la ejecución de este despacho a la Justicia ordinaria del lugar de Berdún”, por cuanto el escribano Juan Joseph Araguás reside en dicha villa.
REAL PROVISIÓN, INVENTARIO, 14-05-1720:
Los señores Oidores de la Real Audiencia, en este caso Lisa, Ric y Camargo, a petición de los jesuitas del Colegio de Huesca, ordenan se redacte una Real Provisión de Inventario, con el siguiente contenido:
Tras el encabezamiento habitual en este tipo de documentos, donde se hace referencia al rey (Felipe V) y al Presidente de la Real Audiencia de Aragón, con la retahíla de cargos desempeñados por el mismo, se entra de lleno en el contenido de la Real Provisión, señalando que en el día de hoy (14-mayo-1720) se ha presentado el procurador de los Rector, Padres y Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca ante la Real Audiencia suplicando autorización para INVENTARIAR diversos bienes muebles, escrituras y papeles existentes, no solamente en Lobera, sino dentro del presente Reino de Aragón. Y que vista la solicitud por los señores Oidores, autorizaron dicha petición, proveyendo a continuación esta Real Provisión.
“Y para su ejecución se acordó y mandó dar esta nuestra Carta Real Provisión para dar a quienes se dirige, por la cual os mandamos (se refiere al escribano Araguás) que luego que con ella fuereis requerido por parte de dicho Colegio de la Compañía de Jesús, de dicha ciudad de Huesca, o procurador suyo, inventariéis, a poder y manos de esta Real Audiencia, todos y cualesquiera bienes muebles, escrituras, libros y papeles que por dicho Colegio os fueren mostrados”.
Es decir, se autoriza al Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca, con el escribano Juan Joseph Araguás a sus órdenes, a invadir y examinar toda la documentación que desde antaño tiene guardada el Ayuntamiento de la villa de Lobera. Algo semejante a los registros policiales actuales bajo la autorización de un juez. En este caso, como veremos, el juez será el Alcalde de Berdún.
Sin embargo, este “atropello” nos ha permitido conocer una serie de datos curiosos e interesantes de la vida diaria de los habitantes de la villa de Lobera a lo largo del siglo XVII, de lo que hemos tomado buena nota.
TERCERA VISITA DEL ESCRIBANO ARAGUÁS A LOBERA, 23-05-1720:
El día 22 de mayo de 1720, el escribano Juan Joseph Araguás, a petición del Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca, y de acuerdo con la Real Provisión citada, solicitó al Sr. Juan Francisco Araguás, Alcalde ordinario de la villa de Berdún, que lo acompañara a la villa de Lobera. Todo parece indicar que existía parentesco entre ambos.
El día 23 del mismo mes y año, escribano y Alcalde, domiciliados en Berdún, partieron hacia la villa de Lobera, a donde llegaron el mismo día por la tarde.
El día 24, hallándose en las Casas del Ayuntamiento, el Sr. Juan Francisco Araguás, Alcalde ordinario de Berdún, asistido por el escribano Juan Joseph Araguás, compareció ante Pedro Cardesa, Alcalde de Lobera, “al cual requirió con dicha Real Provisión, el que respondió estaba pronto a dar favor”, siendo testigos por parte de Lobera Gerónimo Martínez, Domingo Dieste y Sebastián Campo, aunque ninguno de ellos, ni Pedro Cardesa como Alcalde ni los testigos, quisieron firmar.
Seguidamente, el citado Alcalde de Berdún, en compañía del escribano y de los testigos citados, “accedió personalmente a las casas de la morada de Jorge Cardesa, Regidor primero de dicha villa, las cuales están sitas en ella, y en la plaza de dicha villa, que confrontan con plaza de dicha villa y calle pública. Y estando en ellas, a pedimento, requerimiento y señalamiento hechos por parte de los Rector, Padres y Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca, y en vista de dicha Real Provisión, inventariaba e inventarió, a poder y manos de dicha Real Audiencia de este Reino de Aragón, el LIBRO Y PAPELES siguientes”:
Sin embargo, antes de proceder al recuento del material inventariado, es preciso plantearse algunas preguntas:
- ¿Por qué Jorge Cardesa tenía documentos del Ayuntamiento en su casa? ¿Por seguridad? ¿Por temor a que alguien los robara?
- ¿Se trataba acaso de una medida preventiva ante la inminente ejecución de “inventario” solicitado por el Colegio de la Compañía de Jesús?
Y tras estas reflexiones, comienza la enumeración de los documentos encontrados:
- Primeramente, un LIBRO en folios patente (timbrados), con cubiertas de pergamino, “la una entera y la otra rasgada”, y en él 14 hojas.
LIBRO DE LA VILLA DE LOBERA

- En la primera hoja interior del citado libro, dice:
LIBRO DE LAS ORDINACIONES DE LA VILLA DE LOBERA,
mandadas hacer por los Señores Juan Cortés, Justicia,
y Juan Fayet y Blasco Muriel, Jurados de
dicha Villa, en el año del Señor de mil
seiscientos quince años = 1615

- Item. Un papel suelto que tiene dos hojas en folio patente y dice al principio = Nómina de las Deudas y Cargas que contra sí tiene el lugar de Lobera – Censales = Concluye = 928 libras 8 sueldos 0 dineros = A las espaldas = Papel de lo que debe hasta el primero de julio del año de 1708.
- Item. Otro papel que tiene dos hojas en cuarto folio, y dice a la parte de afuera =Papel de la Compañía de Huesca = Empieza el Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca = Concluye, por todas las tierras.
- Item. Otro papel, una hojica cuarto folio, que dice a las espaldas = Ápoca de la Compañía de Jesús de Huesca, hasta 95 y por 98 = 9 cahíces 2 fanegas de trigo.
- Item. Otra ápoca, una hoja en cuarto folio que dice a las espaldas: “Ápoca de la Compañía de Huesca, de 90 libras 6 sueldos = Ápoca otorgada por el Padre Rector de la Compañía de Huesca.
- Item. Un papel, una hoja = A las espaldas, dice: Minuta de los Censales.
- Item. Un ápoca, una hoja que dice a las espaldas: “Ápoca de los Padres de la Compañía de Huesca, de 85 libras 4 sueldos, año 1649.
- Item. Otra ápoca, que dice a las espaldas = Ápoca del Colegio de la Compañía de Huesca, del año de noventa y dos y noventa y tres = Cuya Ápoca es de veintiséis cahíces de trigo.
- Item. Otra ápoca de un canónigo de Huesca, de ocho escudos
- Item. Otra ápoca que dice a las espaldas = Ápoca de 7 sueldos 10 dineros del Prior de San Agustín de Huesca.
- Item. Otra ápoca de la cantidad de ciento cincuenta sueldos jaqueses.
- Item. Otro papel folio patente, que se halló dentro de la misma casa, y en una arquita pequeña, que dice en las espaldas = Ápoca de los Padres de la Compañía de Huesca, de 5 años.
- Item. Otra ápoca, que dice a las espaldas: Ápoca del Colegio de la Compañía de Jesús de Tarazona, 30 libras.
- Item. Otra ápoca de la cantidad de 78 libras, y dice a las espaldas: “Ápoca de la Compañía de Huesca”.
El Alcalde de Berdún, en virtud de su comisión y cumplimiento con las leyes de este Reino, otorgó legítima ápoca (recibo) de los documentos encontrados en dicho lugar, y mandó “que dicho libro y papeles se cerraran y sellaran, lo cual se ejecutó así, y que se remitieran con la mencionada Real Provisión y autos a la Real Audiencia del presente Reino, y a manos y al oficio del Escribano de Cámara de quien ha venido despachada, siendo de todo ello presentes y testigos Domingo Gil Cebrián, Francisco el Plano, vecinos de dicha villa de Lobera, y Sebastián Campo, vecino de la villa de Berdún”.
El objetivo perseguido por los jesuitas del Colegio de la Compañía de Jesús de Huesca con la ejecución de este inventario era encontrar en dicho Ayuntamiento testimonios escritos que confirmaran el pago por la villa de Lobera de la pensión de 163 sueldos y 4 dineros con anterioridad al año 1702, fecha en la que, según el citado Colegio, dejó de pagarse. Con ello quedaba demostrada la legitimidad de dicha pensión, ya que así lo había admitido y reconocido dicha villa con el pago de la misma.